LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES

Para efluentes líquidos, producto de las actividades de generación, transmisión y distribución de energía eléctricaRD. Nº 008-97-EM/DGAA.
Para las actividades industriales de cemento, cerveza, curtiembre, papel.DS. Nº003-2002-PRODUCE.
Para la industria de harina y aceite de pescado y normas complementarias.DS. Nº010-2008-PRODUCE.
De efluentes líquidos para el subsector hidrocarburosDS. Nº037-2008-PCM.
Para los efluentes de plantas de tratamiento de aguas residuales domésticas o municipales.DS. Nº003-2010-MINAM.
Para la descarga de efluentes líquidos de actividades minero – Metalúrgicas.DS. Nº010-2010-MINAM.

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ESTANDARES DE CALIDAD AMBIENTAL

Aprueban los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua DEROGADODecreto Supremo N° 002-2008-MINAM
Disposiciones complementarias para la aplicación del ECA para agua.DS. Nº023-2009-MINAM.
Reglamento de la calidad de agua para consumo humanoDS. Nº031-2010-SA.
Modificatoria a los ECA para AguaD.S. N° 015-2015-MINAM.
ECA para agua DS-004-2017-MINAMDS-004-2017-MINAM

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VALORES MAXIMOS ADMISIBLES

VMA de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario. MODIFICADODS 021-2009-VIVIENDA
Modificatoria de los VMA.DS 001-2015-VIVIENDA